¿CÓMO ,CUÁNDO Y DÓNDE.?
El limite, LEGAL, de dinero en efectivo a declarar al salir o entrar en España es de 10.000 €. Por persona.
Por lo tanto, SI o SI,
HAY que declarar todos los movimientos de entrada o salida de España de
cantidades de dinero en efectivo iguales o superiores a 10.000 €,
según la vigente normativa contra el blanqueo de capitales.
También, habrá que
declarar los movimientos en metálico por el interior de Alemania que superen
10.000 €.---->OJO.!!!!!!!!
Las norma legal afectan tanto a españoles como a extranjeros; y tanto a dinero en efectivo (sea en euros u otras monedas) como a cheques bancarios al portador.
Para declarar
estos movimientos, es necesario rellenar el llamado formulario S1.
Comprar tu coche en Alemania: No se trata de limitar la realización de estos movimientos monetarios, que son libres, sino de la obliogación de declararlos.
Comprar tu coche en Alemania: No se trata de limitar la realización de estos movimientos monetarios, que son libres, sino de la obliogación de declararlos.
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Efectuada la compra del vehículo, previo control y comprobación de toda la documentación legal necesaria, (libre de cargas, embargos y sin multas pendientes) como:
- Certificado de que el coche ha pasado una revisión general.
• Certificado de
revisión de gases.
• Ficha técnica.
Adaptación europea, además de la alemana para matricular después el coche en
España.
• Certificado
internacional del Seguro.
• Seguro temporal para
sacar el coche de Alemania y circular hasta España.
• Matrículas y placas
temporales de circulación.
Venta de coches en Alemania: BMW, MERCEDES, AUDI, PORSCHE y VOLKSWAGEN.Para poder traer el vehículo a a España, el vendedor se encargará de tramitar la matriculación provisional/temporal y un seguro a terceros.
IMPUESTO DE CIRCULACIÓN.
El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), es un impuesto real, directo y objetivo, de titularidad municipal y de exacción obligatoria que se encuentra regulado en los artículos 92 a 99 del TRLRHL. Más conocido como impuesto de circulación.
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte:
Una vez pasada favorablemente la ITV, hay que pagar el Impuesto de Matriculación. Impuesto que pagan todos los vehículos nuevos y todos los vehículos usados (como por ejemplo es el caso de los coches de importación) que se quieran registrar para circular en España.
Se realiza, concretamente, a través del modelo 576, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Se puede presentar on line, (web AEAT) con el certificado electrónico, DNI electrónico; o en persona en las oficinas de la AEAT de la provincia correspondiente.
IVA: Debe estar incluido y reflejado, claramente, en el contrato escrito de compraventa y se paga en Alemania; no en España. Es de un 19%.
Duración: habitual 2 semanas coste aproximado unos 200 €.Se puede hacer por 1 mes, por unos 220 €.
Si elegimos traslado directo a España, por camión,NO es necesario este tramite:--->OJO .
---->TENEMOS 2 CAMINOS: Conducir directamente a España. Es necesario tener una matricula provisional, placas y seguro en vigor, como se ha explicado antes. Pago de peajes en autopistas. Hacemos, a medida, la ruta más corta conforme con la principales guías al uso.
O que, una empresa especializada de transporte, nos lleve el automóvil a destino. Tú eliges lo que más te interese. Suele tardar, aproximadamente, 1 semana. Puesto a la puerta de tu casa. Hablamos de portes debidos, es decir, que cuando llegue se paga.
OJO. Recomendamos tener un seguro adicional, por si las moscas.
Cuando tenemos el vehículo en la puerta aparcado en la acera, es hora de la tramitación administrativa en España.
Si elegimos traslado directo a España, por camión,NO es necesario este tramite:--->OJO .
---->TENEMOS 2 CAMINOS: Conducir directamente a España. Es necesario tener una matricula provisional, placas y seguro en vigor, como se ha explicado antes. Pago de peajes en autopistas. Hacemos, a medida, la ruta más corta conforme con la principales guías al uso.
O que, una empresa especializada de transporte, nos lleve el automóvil a destino. Tú eliges lo que más te interese. Suele tardar, aproximadamente, 1 semana. Puesto a la puerta de tu casa. Hablamos de portes debidos, es decir, que cuando llegue se paga.
OJO. Recomendamos tener un seguro adicional, por si las moscas.
Cuando tenemos el vehículo en la puerta aparcado en la acera, es hora de la tramitación administrativa en España.
Resulta necesario:
- Contrato escrito del compraventa, en alemán y en español.
- Si el vendedor es particular, aconsejamos copia de su documento de identidad.
- Factura de compra del vehículo: OJO, en alemán y en español. Vendedor es un concesionario o compraventa.
- Ficha técnica, ORIGINAL, del vehículo.
- Certificado de conformidad europeo: COC. Acredita que el automóvil cumple con los estándares de calidad y medio-ambiente exigidos por la Unión Europea. Características técnicas, en particular, incluyen emisiones CO2.
- Libro mantenimiento del vehículo. Para ver último cambio de aceite, frenos, filtros etc, etc
IMPUESTO DE CIRCULACIÓN.
El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), es un impuesto real, directo y objetivo, de titularidad municipal y de exacción obligatoria que se encuentra regulado en los artículos 92 a 99 del TRLRHL. Más conocido como impuesto de circulación.
Dónde pagar el impuesto de circulación.
Se trata de un impuesto municipal, así que tendremos que pagarlo en el ayuntamiento de nuestra localidad.Fácil.
¿Cómo calcular el precio del impuesto de circulación.?
Todos los ayuntamientos de España, deben tener público su Reglamento sobre Vehículos en el que encontrarás toda la información. Al margen de las excepciones, se suelen tener en cuenta las siguientes características en función del vehículo:
- Turismos: potencia fiscal. Para ello tendrás que echar un ojo a los caballos fiscales de tu coche o CFV, que resulta del cálculo entre la cilindrada del motor y el número de cilindros.
Cita con ITV.
La ITV, siempre obligatoria.Si o si.
En caso de haber matriculado el vehículo en el extranjero, nuestro vehículo ya esta matriculado en Alemania, ya hemos pasado el equivalente de la ITV , pero debes saber que no te exime, no te libera de pasarla (de nuevo) en España.
Cualquier vehículo matriculado en España debe pasar la ITV española, así que una vez el coche comprado en Alemania este en España, debes ir a la estación donde pases habitualmente la ITV para pasársela a tu nuevo coche.
La documentación que se necesita para pasar la ITV con un vehículo matriculado fuera de España incluye, en la mayoría de casos:
- Matrícula extranjera.
- Permiso de circulación, o documento equivalente de país de procedencia.
- El original de la ficha técnica, llamada tarjeta de inspección técnica del vehículo, o el documento equivalente del país de procedencia.
- Si el vehículo cuenta con una homologación de tipo CE, se necesitará presentar la ficha reducida del mismo o bien el certificado de conformidad CE (CoC). Este documento acredita que el vehículo cumple con los estándares de calidad y medioambiente, exigidos por la UE.
IMPUESTO DE MATRICULACION.
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte:
Una vez pasada favorablemente la ITV, hay que pagar el Impuesto de Matriculación. Impuesto que pagan todos los vehículos nuevos y todos los vehículos usados (como por ejemplo es el caso de los coches de importación) que se quieran registrar para circular en España.
Se realiza, concretamente, a través del modelo 576, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Se puede presentar on line, (web AEAT) con el certificado electrónico, DNI electrónico; o en persona en las oficinas de la AEAT de la provincia correspondiente.
¿CUÁNTO SE PAGA?
Fundamentalmente, hay 4 “escalones” distintos que varían en función de lo que contamine cada vehículo, los cuales vienen determinados por emisiones inferiores o iguales a 120 g/km, 160 g/km y 200 g/km de CO2, requiriendo cada tramo el pago del 4.75%, el 9.75%, el 14.75%.
---->Ojo: Vehículos que contaminan menos de 120 gr de CO2 por km, exentos (no pagan) impuesto de matriculación.
ESTOS SON LOS TRAMOS PRINCIPALES:
- 0%: vehículos de emisiones menores o iguales a 120g/km de CO2.
- 4,75%: vehículos de emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2.
- 9,75%: vehículos de emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km CO2.
- 14,75%: vehículos de emisiones mayores o iguales a 200 g/km de CO2.
Sobre la base imponible de cada vehículo, se aplica una depreciación por antigüedad y, luego, el porcentaje según las emisiones.
LISTA DE VEHÍCULOS, CON SUS PRECIOS CORRESPONDIENTES.
Para saber cuál es ésta base, tenemos que dirigirnos a una Orden que se aprueba de manera anual (a finales de cada año; y se publica en el BOE la del año siguiente) con todos los vehículos y su base de cálculo. En este enlace podemos encontrar dicho documento, correspondiente al año 2018.
IVA: Debe estar incluido y reflejado, claramente, en el contrato escrito de compraventa y se paga en Alemania; no en España. Es de un 19%.